CCTV IP - Resolución General AFIP Nº 2977/2010

Realizamos asesoramiento e implementación de tecnologías CCTV IP requeridas por AFIP para cumplir con la Resolución General AFIP 2977 / 2010 sobre el Régimen de Carga de Exportación en Planta.
Mediante la Resolución General AFIP 2977 / 2010 AFIP exige la implementación de un circuito cerrado de cámaras mediante la instalación de un sistema CCTV para garantizar en todo momento la visualización de la carga de mercadería a exportar.
Integrar - Soluciones Informáticas tiene la experiencia y conocimientos necesarios para facilitarle a su empresa la implementación de la tecnología necesaria para cumplir con la Resolución General AFIP 2977 / 2010.

AFIP
Carácterísticas generales de Resolución General AFIP 2977 / 2010 sobre la red y CCTV
  • Consideraciones sobre la Conexión a la red de AFIP
    • El Exportador deberá proporcionar un vínculo a la red de AFIP mediante Internet o Prestador de Servicios de Valor Agregado (PSVA según RG 1114/2001) para la transmisión de datos bidireccional entre la Planta y la Red de AFIP.
    • El acceso deberá cumplir con las siguientes características:
      • VELOCIDAD DE TRANSFERENCIA DE BAJADA MÍNIMA: La velocidad de transferencia mínima desde la AFIP hacia Puesto de Operación, tendrá un piso de un (1) Mbps (Mega-bits por segundo).
      • VELOCIDAD DE TRANSFERENCIA DE SUBIDA MÍNIMA: La velocidad de transferencia mínima desde el Puesto de Operación hacia la red de AFIP, tendrá un piso de un (256) Kbps (Kilo-bits por segundo).
    • Cuando la cantidad Puestos de Operación supere la cantidad de dos (2), la velocidad de transferencia de bajada se deberá incrementar en 300 Kbps (Kilobits por segundo) , adicionales al valor mínimo, por cada Puesto de Operación extra.
    • El agente de AFIP que desempeñe tareas en el local del Exportador podrá controlar la velocidad de transmisión del acceso a Internet, midiendo desde las PC de los Puestos de operación instalados en la planta contra el Servidor de medición de AFIP instalado en el Nodo Central de la red del Organismo.
    • La disponibilidad y calidad de este vínculo será responsabilidad del Exportador.
  • Consideraciones sobre el Sistema CCTV
    • Se deberá instalar un Sistema CCTV en la planta, cuyo dimensionamiento será de acuerdo a la envergadura de la operatoria de cada planta en particular.
Para obtener la información completa de la Resolución General AFIP 2977 / 2010 haga clic aquí
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